SANTO DOMINGO. El presidente del Senado, Reinaldo Pared
PĂ©rez, advirtiĂ³ que de mantenerse la prerrogativa de los ciudadanos de
querellarse contra funcionarios establecida en el artĂculo 85 del CĂ³digo
Procesal Penal (CPP), las querellas podrĂan declararse
inconstitucionales porque no estĂ¡n contempladas en la Carta Magna.
"Eso es cierto, esa posibilidad", afirmĂ³ y recordĂ³ que la ConstituciĂ³n solo establece como derecho de ciudadanĂa la posibilidad de los ciudadanos de presentar denuncias.
AsegurĂ³ que no ha sido una prĂ¡ctica del Senado quitarle los derechos de los ciudadanos y recordĂ³ que fue en la asamblea revisora que Ă©l presidiĂ³ que en la ConstituciĂ³n vigente se incorporĂ³ esa prerrogativa ya que los ciudadanos solo tenĂan derecho de votar y de ser elegidos.
El funcionario no quiso profundizar mucho sobre la inconstitucionalidad o no de las querellas, establecidas en el CĂ³digo Procesal Penal (CPP) vigente, debido a que ese tema es competencia del Tribunal Constitucional, que estĂ¡ apoderado de un recurso en ese sentido.
Pared PĂ©rez revelĂ³ que el presidente de la CĂ¡mara de Diputados, Abel MartĂnez, le explicĂ³ que la intenciĂ³n de ese hemiciclo en eliminar la prerrogativa de presentar querellas se fundamentĂ³ en adaptar la pieza legislativa que modifica varios artĂculos del CPP a lo que establece la ConstituciĂ³n.
Durante la sesiĂ³n ordinaria celebrada hoy, el presidente del Senado dio explicaciones tĂ©cnicos-jurĂdicas, sociales y polĂticas en torno a todo lo que ha ocurrido en el Congreso Nacional respecto a las modificaciones que le hicieron al CPP.
"Hay que escuchar la presiĂ³n popular" sobre el CPP
Por otro lado, el presidente de la ComisiĂ³n de Justicia del Senado, Francis Vargas, favoreciĂ³ que en el Congreso Nacional sea mantenida la prerrogativa que tiene un ciudadano de querellarse contra un funcionario, establecida en un pĂ¡rrafo del artĂculo 85 del CĂ³digo Procesal Penal (CPP) y que se eliminĂ³..
"Hay una presiĂ³n popular, la sociedad se ha expresado en esos tĂ©rminos y yo creo que a eso hay que prestarle atenciĂ³n", expresĂ³.
Sin embargo, precisĂ³ que como el numeral 5 del artĂculo 22 de la ConstituciĂ³n establece el derecho ciudadano de presentar denuncias por las faltas que cometan los funcionarios, afirmĂ³ que lo que se hizo en la CĂ¡mara de Diputados fue adaptar el CPP a lo que establece la Ley de Leyes.
Pared PĂ©rez y Vargas recordaron que desconocen el contenido de las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo a esa pieza legislativa, la cual fue observada, pero no devuelta al Congreso Nacional.
"Eso es cierto, esa posibilidad", afirmĂ³ y recordĂ³ que la ConstituciĂ³n solo establece como derecho de ciudadanĂa la posibilidad de los ciudadanos de presentar denuncias.
AsegurĂ³ que no ha sido una prĂ¡ctica del Senado quitarle los derechos de los ciudadanos y recordĂ³ que fue en la asamblea revisora que Ă©l presidiĂ³ que en la ConstituciĂ³n vigente se incorporĂ³ esa prerrogativa ya que los ciudadanos solo tenĂan derecho de votar y de ser elegidos.
El funcionario no quiso profundizar mucho sobre la inconstitucionalidad o no de las querellas, establecidas en el CĂ³digo Procesal Penal (CPP) vigente, debido a que ese tema es competencia del Tribunal Constitucional, que estĂ¡ apoderado de un recurso en ese sentido.
Pared PĂ©rez revelĂ³ que el presidente de la CĂ¡mara de Diputados, Abel MartĂnez, le explicĂ³ que la intenciĂ³n de ese hemiciclo en eliminar la prerrogativa de presentar querellas se fundamentĂ³ en adaptar la pieza legislativa que modifica varios artĂculos del CPP a lo que establece la ConstituciĂ³n.
Durante la sesiĂ³n ordinaria celebrada hoy, el presidente del Senado dio explicaciones tĂ©cnicos-jurĂdicas, sociales y polĂticas en torno a todo lo que ha ocurrido en el Congreso Nacional respecto a las modificaciones que le hicieron al CPP.
"Hay que escuchar la presiĂ³n popular" sobre el CPP
Por otro lado, el presidente de la ComisiĂ³n de Justicia del Senado, Francis Vargas, favoreciĂ³ que en el Congreso Nacional sea mantenida la prerrogativa que tiene un ciudadano de querellarse contra un funcionario, establecida en un pĂ¡rrafo del artĂculo 85 del CĂ³digo Procesal Penal (CPP) y que se eliminĂ³..
"Hay una presiĂ³n popular, la sociedad se ha expresado en esos tĂ©rminos y yo creo que a eso hay que prestarle atenciĂ³n", expresĂ³.
Sin embargo, precisĂ³ que como el numeral 5 del artĂculo 22 de la ConstituciĂ³n establece el derecho ciudadano de presentar denuncias por las faltas que cometan los funcionarios, afirmĂ³ que lo que se hizo en la CĂ¡mara de Diputados fue adaptar el CPP a lo que establece la Ley de Leyes.
Pared PĂ©rez y Vargas recordaron que desconocen el contenido de las observaciones hechas por el Poder Ejecutivo a esa pieza legislativa, la cual fue observada, pero no devuelta al Congreso Nacional.
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