SANTO DOMINGO. El Ministerio de Trabajo prohibiĆ³ mediante resoluciĆ³n que las empresas consulten el historial crediticio de los solicitantes de empleo, por considerar que la prĆ”ctica es discriminatoria.
La medida estĆ” contenida en la resoluciĆ³n 02-2015, emitida el pasado martes 3 de febrero, cuyo primer punto precisa: “Se considerarĆ” como prĆ”ctica discriminatoria para el acceso al empleo consultar los datos personales relativos al historial de crĆ©dito de los solicitantes de empleo para utilizar el mismo como criterio, al momento de elegir a las personas para designarlas en un puesto de trabajo, asĆ como de la persona que tiene un puesto de trabajo, por considerarse la misma como una distinciĆ³n, exclusiĆ³n o preferencia que tiene por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el acceso al empleo, permanencia en el empleo u ocupaciĆ³n”.
Aunque el historial crediticio estĆ” considerado por las leyes como “datos personales”, muchas empresas acceden a ellos sin el consentimiento del titular, y utilizan la informaciĆ³n para decidir si otorgan o no un empleo, dependiendo del desempeƱo.
En consecuencia, cientos de dominicanos permanecen atrapados en el burĆ³ de crĆ©dito como no solventes, mientras intentan conseguir un empleo que les permita pagar la deuda.
En 2013, tras varios reportajes de este diario, y artĆculos del analista financiero Alejandro FernĆ”ndez W. en la columna Argentarium, en donde se exponĆa la situaciĆ³n en la que estaban miles de personas, los bancos empezaron a flexibilizar sus polĆticas y a crear planes para dar una “segunda oportunidad” a los “morosos”, y los burĆ³s de crĆ©dito permitieron que los ciudadanos verificaran su historial gratis.
Los afectados formaron entonces el movimiento “Somos Capaces”, cuyo lema es “¿CĆ³mo pago... sin trabajo...?”, desde el cual exigieron al Ministerio de Trabajo prohibir la prĆ”ctica.
De acuerdo con el coordinador del movimiento, VĆctor Tejada Victoriano, 800,000 dominicanos estĆ”n en el burĆ³ y no tienen empleo.
Dijo que en lo adelante velarĆ”n para que las empresas cumplan la resoluciĆ³n.
Velar para que se cumpla
La resoluciĆ³n ordena a la DirecciĆ³n General de Empleo y a la DirecciĆ³n General de Trabajo garantizar su cumplimiento efectivo. Igualmente, exhorta a los sectores empleador y trabajador para que la resoluciĆ³n sea conocida y comentada en los espacios tripartito de diĆ”logo social. La resoluciĆ³n entrarĆ” en vigencia dos dĆas despuĆ©s de publicada en un diario de circulaciĆ³n nacional.
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