CARACAS.- El Gobierno de Venezuela decretó hoy el “estado de emergencia económica” en todo el territorio nacional por un período de 60 días, de conformidad con la Constitución, según publicó la Gaceta Oficial.
En una comparecencia desde el Palacio Presidencial de Miraflores, tras publicarse el decreto en la Gaceta, el vicepresidente económico y ministro de Economía Productiva, Luis Salas, señaló que se adopta esta medida “para proteger al pueblo en función de las amenazas existentes”.
El decreto, explicó el ministro, le concede al Ejecutivo “atribución para adoptar las medidas oportunas que permitan atender eficazmente la situación excepcional, extraordinaria y coyuntural que atraviesa la economía venezolana”.
Esa atribución se le concede al Gobierno para “asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos y el libre acceso a bienes y servicios fundamentales”, afirmó.
Salas dijo que con este decreto se intentan “mitigar los efectos de la inflación inducida, de la especulación, del valor ficticio de la divisa, del sabotaje a los sistemas de distribución de bienes y servicios así como contrarrestar las consecuencias de la guerra de los precios petroleros”.
Adoptar medidas
El decreto concede al Gobierno la facultad de adoptar medidas para “disponer de los recursos provenientes de las economías presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015” para sufragar la inversión que “asegure la continuidad de las misiones sociales, el abastecimiento de alimentos y otros recursos esenciales para la vida”.
Asimismo, permite al Ejecutivo asignar recursos extraordinarios, tanto previstos como no, “para optimizar la atención en sectores como salud, educación, alimento y vivienda, que podrán ser ejecutados a través de las misiones”.
También le faculta para “diseñar e implementar medidas especiales de aplicación inmediata para la reducción de la evasión y la reducción fiscal” o “dispensar de la modalidad del régimen de contrataciones públicas en determinados sectores a fin de agilizar las compras del Estado que revistan carácter de urgencia”.
Además podrá “disponer de los tramites, procedimientos y requisitos para la importación y nacionalización de mercancías” e implementar “medidas especiales para agilizar el transito de mercancías por puertos y aeropuertos, pudiendo desaplicar temporalmente normas legales que se requieran para hacer posible dicha agilización”.
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