Tomado de lalupadelsur.com
Barahona.- La escogencia de la compañía “Servicios Díaz Ortiz EIRL”, para recoger los desechos sólidos en el Municipio Santa Cruz de Barahona, no cumplió con todo lo estipulado en la Ley 340 de Compra y Contrataciones del Estado.
Barahona.- La escogencia de la compañía “Servicios Díaz Ortiz EIRL”, para recoger los desechos sólidos en el Municipio Santa Cruz de Barahona, no cumplió con todo lo estipulado en la Ley 340 de Compra y Contrataciones del Estado.
El proceso calificado de transparente y defendido por el alcalde Mictor Emilio Fernández de la Cruz, no cumplió con lo que establece el artículo 18 de la Ley 340, que establece que no solo debe hacerse la convocatoria a la licitación, como se establece en el artículo 16, sino que debe acatar el mandato del artículo 18 de la misma ley.
Se le ha estado reclamando al síndico que no haya publicado en al menos dos periódicos de circulación nacional la convocatoria a licitación como establece la ley, pero la respuesta del ayuntamiento es que se hizo “como manda la ley” que como se observa no fue observado el artículo 18 de la Ley 340.
Establece que, Art. 18. – La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del administrado por el Órgano Rector de las contrataciones públicas o, en su defecto, por el término de dos (2) días en dos diarios de mayor circulación del país; en ambos casos con veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura.
Sin embargo, el síndico no ha podido demostrar que ha sido publicada la licitación para escoger a una nueva compañía para recoger los desperdicios en el municipio Santa Cruz de Barahona, ya que es mandatorio la publicación en al menos dos diarios de circulación nacional dos días antes de la misma como se establece en la ley.
El pago
La compañía “Servicios Díaz Ortiz EIRL”, que debió entrar en operación el pasado día 30 de agosto, pero no lo hizo y según la explicación del alcalde es porque pone los rótulos a los vehículos recolectores de basura y le ha dado dos semanas más de gracia para que inicien oficialmente, pero se desconoce si le pagará esos 15 días que no trabajará.
Esta compañía fue la que “ganó” la licitación a la que llamó el alcalde Fernández de la Cruz para la recolección, transporte y depósito de los residuos sólidos en este municipio, Santa Cruz de Barahona.
En un documento de prensa enviado por el Ayuntamiento, indica que el contrato con la mencionada compañía que representa Freddy Antonio Díaz Medina, ha sido por dos años, recibirá un monto total durante dos años de RD$64, 800,000.00, con pagos cada mes de RD#2,700,000.00.
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